Por: Alicia Cabrera

Hace más de un lustro, en la homilía del 3 marzo de 2015, dedicada por el Papa francisco a los ancianos, fue enfático al denunciar: “Existen sociedades donde los ancianos son considerados un lastre porque no producen sino que constituyen una carga, por eso a los ancianos se les desecha…todos los ancianos son frágiles, pero por eso ¿vamos a abandonarlos? Una sociedad que no piensa en los ancianos, es una sociedad perversa. En una sociedad donde no se honra a los ancianos, no hay futuro para los jóvenes. En una sociedad donde los ancianos no son respetados, los jóvenes no tienen futuro”. 

Todo indica que Colombia es una de esas sociedades a las que se refería el Papa en la que el adulto mayor es abandonado por el estado Estado, como aquellas cosas desechables que se tiran a la basura cuando ya no son útiles. Un trabajador, luego de haber aportado toda su fuerza física o mental y de haber cotizado para su pensión, durante muchos años, en algunos casos hasta 50, después el gobierno le vulnera sus derechos, pauperizando sus ingresos

Se nota el criterio neoliberal de los ministros de hacienda cuando al buscar nuevos recursos en lugar de dirigir su mirada a entidades con billonarias utilidades como los bancos, se complace en reducir los exiguos recursos de los pensionados. 

Mientras a los empresarios se le exime del aporte a salud que le corresponde pagar por sus trabajadores, a los pensionados se les obliga a descontar de su mesada un 12%, que solo recibe el 25% del salario que devengaba cuando era un trabajador activo. Así las cosas, desde el momento en que un pensionado comienza a recibir su pensión, tiene una disminución real de sus ingresos del 34%.

No contentos con todo este irrespeto a los ancianos, como diría el Papa, desde hace un tiempo se vienen recortando las pensiones con ardides como la lesividad de alegar que se equivocaron al liquidar una pensión y la reducen utilizando la llamada acción de lesividad y si no con fallos amañados como las Sentencias SU 555 de 2014 y C 258 de 2013 y más recientemente el Decreto 568 de 2020, vulnerando los derechos adquiridos y en general todo el ordenamiento jurídico colombiano.

¿Quo vadis domine?

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