¿Puede un Colombiano dormir tranquilamente dejando las puerta y ventanas de la casa abiertas? la pregunta tiene una respuesta unánime, NO, imposible, igualmente le sucede al pensionado colombiano, puede dormir tranquilamente pensando que le otorgaron el derecho a gozar de una pensión vitalicia para su vejez, y mas de uno argumentará que son derechos adquiridos, intocables, eso es como pensar que podemos dormir tranquilos porque los ladrones saben que lo que poseemos en nuestras casas, es de nuestra propiedad, comprado legalmente.
A su pensión se le pueden meter, de la misma forma que el ladrón entra su casa, es decir sin anunciarle al afectado lo que le pasará, con la diferencia que a nuestra casa le podemos poner seguridad, pero a nuestra pensión no.
En el 2011 le colgaron al Código de lo Contencioso Administrativo, conocido como CPACA LEY 1437 DE 2011, un miquito, escondido en su pequeña jaula del artículo 164, una hermosa pero venenosa redacción que indica que: “UN PAGO PERIÓDICO SE PUEDE DEMANDAR EN CUALQUIER TIEMPO” un expresión que no menciona la palabra PENSIÓN, pero que el malévolo redactor sabía que una pensión era un pago periódico y que la intención era demandar pensiones otorgadas, muchos años atrás, sin importar los derechos adquiridos y mucho menos la seguridad jurídica.
La redacción no le mostraba al legislador las negras intenciones del proponente de ese proyecto de Ley, tiempo después empezó el viacrucis para todos los pensionados colombianos y los directores de los Fondos de Pensiones comenzaron a demandar adultos mayores, hasta de 99 años de edad, como fue el caso de la poetisa Maruja Vieira y muchísimos más. Los motivos de las demandas, eran interpretaciones de sentencias que nunca por la cabeza de un pensionado podían pasar. Estos hechos alteraron la vida de personas mayores con poca posibilidad de defensa, un Magistrado decía: “En Colombia nos gastamos 20 años para obtener una pensión y el resto de la vida luchando para no perderla”.
A continuación, les relato la historia de un pensionado colombiano y esta historia, Dios lo libre a usted, amable lector, es por lo que no podemos los colombianos dormir tranquilos en Colombia, después de que obtenemos nuestra pensión.
“Pasaban los años y ansiosamente esperaba el día, para obtener mi derecho a disfrutar de una PENSIÓN VITALICIA PARA MI VEJEZ, el seis de febrero de 1996, llega ese momento, que lleno mi corazón de felicidad, estaba pensionado, pero por mi cabeza no pasaba, ni remotamente la idea de que me había llegado una tortura que en forma lenta empezaría a volver cada día que pasaba y que aún pasa en una pesadumbre y desesperación, lo primero es que demandan mi pensión y solicitan que devuelva dos mil millones de pesos, dinero que no poseía, a sabiendas que dineros obtenidos de buena fe no se devuelven, pero lo hacen para torturarme a mí y a mi familia, como consecuencia mi hijo mayor muere de un infarto y yo con el desespero constante que impedía mi concentración, tengo un accidente de tránsito, en el que mi Sra. Esposa pierde su brazo derecho y yo con múltiples lesiones en mi cuerpo que me dejan impedido para caminar, pero así continua mi vida, todos los días esperando un fallo que me deje algo de pensión, o un fallo que me envíe al cementerio sin nada, agobiado a mis ochenta años de edad, y afrontando demandas durante las últimas dos décadas, y cada día más pobreza y más necesidades en mi hogar, ahora espero con ansias la Reforma Pensional, espero con fe en Dios la aprobación de la Ley Maruja Vieira y en fin tengo mi vida en manos de Dios que así sea en los pocos días que Dios me de vida pueda ver la justicia en Colombia.”
Esta dolorosa historia y otras que destrozan el corazón de quien las conoce, me han estimulado a dar la pelea en el Congreso de la República para sacar adelante el artículo 86 de la Ley 2381 de 2024 de la Reforma Pensional, que prohíbe que una pensión después de cinco años de quedar en firme el acto administrativo que la otorga, se pueda demandar, adicionalmente el Senador Nicolás Albeiro Echeverri y el Representante Andrés Felipe Jiménez presentaron ante el Congreso mi Proyecto de Ley 068 2025, Ley Maruja Vieira, y con ponencia del magistral Senador Liberal Dr. Alejandro Carlos Chacón que elimina del CPACA el nefasto mico con el cual una pensión se puede demandar EN CULQUIER TIEMPO.
Una vez aprobada, podremos todos los colombianos que estamos pensionados y los que se pensionarán a futuro, DORMIR TRANQUILAMENTE, podremos levantar la voz y decir que tenemos una pensión para la etapa final de nuestra vida, una vez descongelada la reforma pensional, la cual se encuentra en ese gran congelador llamado, Corte Constitucional, también podremos pedirle al Consejo de Estado que continúe emitiendo de oficio sentencias de caducidad y así ir devolviendo la tranquilidad a miles de pensionados y a su entorno familiar, esto será el fin de los carteles de demandas que algunos inescrupulosos directores de fondos de pensiones organizaron para pagar gruesas sumas de dinero a abogados externos y así demandar personas indefensas como Maruja Vieira. Sería vital que la UGPP hiciera público, cuánto dinero recaudó con esta demanda y cuánto pagó por instaurar la demanda, sin tener en cuenta los costos judiciales.
Dios es grande y nos ayudará a los tristes y agobiados pensionados, y les dará a los magistrados de la Corte Constitucional la sapiencia para pronunciar una pronta decisión y al Honorable Congreso el loable trabajo legislativo, para tramitar acuciosamente la Ley Maruja Vieira.
Antonio Cano
Defensor del pensionado











