Las reformas de los sistemas de pensiones siempre estarán en la agenda de los Gobiernos nacionales debido a las obligaciones fiscales que implica la seguridad social. En casi todos los debates las disyuntivas están inundadas de posiciones sobre, primero, qué modelo es el que mejor conviene y, segundo, cuál debe ser el rol del Estado en el modelo elegido.

Por el momento, las acciones en algunos países se han desarrollado en torno a la devolución de un porcentaje de los aportes de los trabajadores en los fondos privados de pensión, algo que en Colombia requeriría una reforma constitucional. En República Dominicana, Perú y sorpresivamente en Chile, se han aprobado estas iniciativas que ponen en riesgo la sostenibilidad social de los regímenes de cuentas individuales en fondos privados. En cuanto a cambios estructurales, las expectativas están en los nuevos arreglos de la Constitución chilena y en las soluciones que se prometen en Perú.

El caso peruano es el que tiene mayor definición en estos momentos. Su sistema pensional es muy similar al colombiano, con una administradora pública (la ONP) de un régimen de reparto y cuatro fondos privados (AFP) que administran un régimen de cuentas individuales. En las últimas semanas se ha discutido sobre cuál modelo deberían tomar los peruanos para afrontar los desafíos de cobertura y sostenibilidad de su sistema previsional. La propuesta presentada a consideración del Congreso peruano transforma estructuralmente el funcionamiento de la ONP y los fondos privados para dar paso a un único administrador público del sistema en un esquema de pilares.

La pensión de cualquier peruano estaría dividida entre una parte que dependería de un régimen de reparto y una adicional que estaría definida por un ahorro individual. Los cuatro fondos privados de Perú desaparecerían de manera comercial, dando paso a una única administradora de carácter público que se encargará de gestionar y atender a los afiliados.

Los fondos privados no desaparecerían. No obstante, pasarían al otro lado de la ventanilla y deberán participar en licitaciones para administrar los recursos de las cuentas individuales garantizando el mayor retorno para el ahorro pensional. El ingreso por la administración de los fondos privados no vendría como el maná que cae del cielo por el carácter obligatorio de los aportes para los trabajadores, sino por la gestión que hagan en el manejo de los ahorros.

Esta nueva iniciativa peruana tiene varios matices. La sostenibilidad del sistema puede complicarse si no se eligen los parámetros adecuados del primer pilar de reparto. De cara al ciudadano en el segundo pilar de cuentas individuales se remedia una de las promesas incumplidas. La introducción de este esquema se basaba en el supuesto de que los trabajadores van cambiando constantemente de AFP persiguiendo la más rentable. La evidencia demuestra que los afiliados permanecen inercialmente en su fondo privado por muchos años y no existe un gran movimiento de ellos cambiando al fondo que mejor desempeño tiene. Dejar pasar una mayor rentabilidad en un periodo de 30 o 40 años puede tener efectos nefastos sobre el ingreso de cada trabajador durante su retiro laboral.

La eventual nueva administradora única peruana tomaría las decisiones por el afiliado contratando al fondo privado de mejor rentabilidad. Una solución que para los libertarios es a todas luces paternalista, pero que desnuda los retos que enfrentan los ciudadanos del común para tomar decisiones financieramente complejas y en ocasiones irreversibles. ¿Y en Colombia? Al igual que Perú, a principio de los noventa Colombia tomó la decisión de permitir la convivencia de dos regímenes pensionales. Uno, administrado por Colpensiones (anterior ISS), y el otro, por los fondos privados. Un analista académico repetía en todas sus exposiciones que entre más elementos de decisión se le den al ciudadano en materia pensional peor resulta para su bienestar.

Los colombianos debemos tomar un sinnúmero de decisiones que van desde la escogencia entre dos regímenes con reglas distintas, pasando por elegir rentabilidades y riesgos, hasta elegir entre varios productos de retiro. Uno de los elementos de decisión más popular, pero que muchos no han tomado es la doble asesoría para el traslado entre regímenes. Mientras que este año 71.000 colombianos han pasado desde un fondo privado a Colpensiones, el número de traslados desde Colpensiones hacia los fondos privados no supera los 1.000. Hoy son más de 36.000 colombianos demandando a los fondos privados por su regreso a Colpensiones porque, por muchas razones, no tomaron esa decisión a tiempo y proyectan una pensión menos favorable, sin subsidios.

En un sistema con más de 30 millones de afiliados, el Gobierno nacional ha fijado los parámetros para optimizar la gestión hacia la protección económica a la vejez de los colombianos: mantener los derechos adquiridos, que los subsidios del sistema sean redistributivos y ampliar la cobertura. Entre todos, el más desafiante es el de la cobertura. En Colombia solo una de cada cuatro personas en edad de retiro tiene acceso a una pensión, un número que no se ajusta al nivel de ingresos de nuestro país frente a nuestros pares latinoamericanos. Para dar respuesta a la baja cobertura están los esquemas solidarios y complementarios, tales como BEPS de Colpensiones y Colombia Mayor. A todas luces con significativos impactos fiscales, pero que lograrán ser sostenibles en la medida en que los subsidios del sistema cumplan su rol redistributivo.

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