Se entiende que el fin del Estado es servir a la comunidad, promover la prosperidad y
garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes. Para garantizar el buen
cumplimiento de estas misiones, Simón Bolívar creó en 1817 el Consejo de Estado. Dada
la relevancia de este importante órgano, resulta preocupante que algunos de los
magistrados integrantes de este tribunal pierdan de vista su cometido de proteger a los
ciudadanos de los posibles abusos de los administradores gubernamentales.
El Juez administrativo, en este caso el Consejo, debe resolver los conflictos entre las
personas y las entidades estatales, donde evidentemente la parte débil es el ciudadano.
En consecuencia, no es admisible la aplicación de la presunción de mala fe de parte de
los administrados y la infalibilidad del gobierno, como parece haberse instaurado en esa
corporación durante los tiempos recientes.
Una fuente bien informada nos ha hecho notar las falencias de la justicia en materia
pensional y en especial de aquellos ancianos vinculados a la entidad pagadora
Fonprecon. En uno de los casos conocidos la magistrada ponente Sandra Ibarra y sus
acompañantes presumiblemente se abstuvieron de considerar las pruebas sobrevivientes
presentadas por el demandado, así como el recurso de nulidad presentado por esta
omisión y un memorial llamando la atención sobre tan grave irregularidad. En otro caso,
los magistrados hicieron un delicado ejercicio de trastocar fechas para desvirtuar hechos
ya reconocidos hace más de veinte años, presumiendo mala fe del solicitante, sin prueba
alguna de dolo, para negar la continuidad del pago de la pensión.
No nos cabe duda de que con este tipo de decisiones del máximo tribunal administrativo
se está propiciando la destrucción de la estabilidad de los derechos adquiridos para abrir
las puertas a una feria lucrativa para los abogados busca pleitos, posiblemente ligados
con los funcionarios promotores de la revisión de sus propias decisiones o las de sus
antecesores.
Tal pareciera que existe una consigna para burlar los procedimientos cuando se trata de
pensionados que no se acogieron al engañoso sistema privado de los Fondos Privados,
precisamente a los que la Corte Constitucional les acaba de tumbar los dos decretos con
los que el Gobierno los quería favorecer al salvarlos de sus grandes deudas con sus
afiliados.

Deja un comentario

Please enter your comment!
Please enter your name here